El Gobierno aprueba los servicios de transporte ferroviario de viajeros de media distancia financiados por el Estado.
Se ha aprobado hoy un plan de racionalización de los servicios de transporte ferroviario de viajeros de media distancia que estarán financiados por el Estado, siendo declarados como obligación de servicio público (OSP).
Se establece un plazo de seis meses para la aplicación de este acuerdo y las OSP se revisarán cada dos años.Fomento deberá formalizar antes del 30 de septiembre de 2013 con Renfe Operadora el contrato de servicio público en el que se reflejen las condiciones en que se habrán de ejercer dichas obligaciones de servicio, así como los mecanismos para su compensación.
Anexo I
Relación de servicios ferroviarios de viajeros de media distancia competencia de la Administración General del Estado, prestados sobre la Red Convencional, que quedan sujetos a obligación de servicio público:
A CORUÑA-FERROL
A CORUÑA-LUGO-MONFORTE
A CORUÑA-SANTIAGO DE COMPOSTELA
A CORUÑA-VIGO
PONTEVEDRA-VIGO
SANTIAGO DE COMPOSTELA-OURENSE
SANTIAGO DE COMPOSTELA-O CARBALLINO
SANTIAGO-VIGO
VIGO-OURENSE
VIGO-OURENSE-MONFORTE-PONFERRADA
Anexo II
Relación de servicios ferroviarios de viajeros de Media Distancia competencia de la Administración General del Estado, que discurren por la Red de Altas Prestaciones, prestados por RENFE-Operadora a la fecha de aprobación del presente Acuerdo de Consejo de Ministros
ORENSE-SANTIAGO-LA CORUÑA
Anexo III
Relación de servicios ferroviarios de viajeros que discurren sobre la red de ancho métrico prestados por FEVE a la fecha de aprobación del presente Acuerdo de Consejo de Ministros
LÍNEAS DE CERCANÍAS:
GALICIA
FERROL-ORTIGUEIRA
Se ha aprobado hoy un plan de racionalización de los servicios de transporte ferroviario de viajeros de media distancia que estarán financiados por el Estado, siendo declarados como obligación de servicio público (OSP).
Se establece un plazo de seis meses para la aplicación de este acuerdo y las OSP se revisarán cada dos años.Fomento deberá formalizar antes del 30 de septiembre de 2013 con Renfe Operadora el contrato de servicio público en el que se reflejen las condiciones en que se habrán de ejercer dichas obligaciones de servicio, así como los mecanismos para su compensación.
Anexo I
Relación de servicios ferroviarios de viajeros de media distancia competencia de la Administración General del Estado, prestados sobre la Red Convencional, que quedan sujetos a obligación de servicio público:
A CORUÑA-FERROL
A CORUÑA-LUGO-MONFORTE
A CORUÑA-SANTIAGO DE COMPOSTELA
A CORUÑA-VIGO
PONTEVEDRA-VIGO
SANTIAGO DE COMPOSTELA-OURENSE
SANTIAGO DE COMPOSTELA-O CARBALLINO
SANTIAGO-VIGO
VIGO-OURENSE
VIGO-OURENSE-MONFORTE-PONFERRADA
Anexo II
Relación de servicios ferroviarios de viajeros de Media Distancia competencia de la Administración General del Estado, que discurren por la Red de Altas Prestaciones, prestados por RENFE-Operadora a la fecha de aprobación del presente Acuerdo de Consejo de Ministros
ORENSE-SANTIAGO-LA CORUÑA
Anexo III
Relación de servicios ferroviarios de viajeros que discurren sobre la red de ancho métrico prestados por FEVE a la fecha de aprobación del presente Acuerdo de Consejo de Ministros
LÍNEAS DE CERCANÍAS:
GALICIA
FERROL-ORTIGUEIRA
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