lunes, 6 de mayo de 2013

Recoger firmas en el tren no es sancionable

En post anteriores os comentábamos el caso de una usuaria vejada y retenida ilegalmente por un guarda de seguridad por recoger firmas en el tren, en una primera sentencia le dieron la razón a la usuaria y declararon al guardia de seguridad culpable de una falta por vejaciones,

Ante el recurso del guardia, nuevamente los tribunales confirman la sentencia y es más aclaran que recoger firmas no puede considerarser una falta administrativa de por sí, lo indican de la siguiente forma "ello al margen de que la norma que prohíbe molestar a los demás usuarios no se puede aplicar sin más a quien recoge firmas relacionadas con una queja relativa a futuros cambios en el servicio. Esas firmas inevitablemente han de recogerse en el tren o en la estación".

En cuanto a la retención de la usuaria una vez llegado el tren a su destino "la retención....no estaba justificada. Ni la infracción era clara y manifiesta, ni se explicó a la viajera la finalidad de la identificación, ni la propia naturaleza de la prohibición que el agente estimó conculcada justificaba una retención o privación de libertad"  "no se había cometido delito o falta y la posible presentación de una denuncia por la comisión de una infracción administrativa no era motivo bastante para privar la libertad a la viajera..."

Con esta última sentencia se demuestra que los usuarios no somos delincuentes y menos cuando recogemos firmas en defensa de nuestros derechos.

miércoles, 1 de mayo de 2013

Documento CGT propuesta ferrocarril

Este documento del Sindicato CGT contiene su propuesta de ferrocarril. "CGT Nuestra alternativa de ferrocarril. Público y social"




martes, 30 de abril de 2013

Laudo Arbitral ¿desde cuando reclamar?

Una vez explicado quien y como reclamar, algunos nos habeis preguntado ¿desde cuando se puede reclamar?. Como explicamos en los post anteriores se puede reclamar desde el momento en el cual la diferencia de km se hizo efectiva. Así para Vigo-Santiago y tramos intermedios desde la.inauguraciòn de la Variante de Portas que es la que redujo significativamente el viaje, esta fue en julio de 2008. Para los viajes que incluyan el tramo Santiago-A Coruña desde diciembre de 2009 que fue cuando se completaron los diferentes tramos entre estas dos ciudades.

domingo, 28 de abril de 2013

Laudo Arbitral ¿como reclamar?

En el post anterior os aclarábamos quien puede reclamar por la reducción de km entre Vigo y A Coruña, ahora intentaremos explicar como hacerlo.

Es IMPORTANTE aclarar que el Laudo Arbitral es un derecho individual y que hayan dado la razón a un usuario no significa que automaticamente se la den al resto, ni que eso se traslade automaticamente a RENFE y le obligue a aplicarlo a los demás usuarios. Así es posible que si RENFE cambia alguna de las circunstancias que produjeron que la JAT diera la razón al usuario, podrían no dársela al resto.

Una vez aclarado esto, el procedimiento empieza rellenando el formulario de la Junta Arbitral de Transportes (JAT). En primer lugar los datos personales y de contacto, en segundo lugar los datos de la entidad a la que se reclama (en este caso RENFE):


Renfe-Operadora:
Dirección: Avda. Pío XII, 110. 28036, Madrid.
C.I.F. Q-2801659J
Fax de contacto: 91 300 61 77
Correo electrónico de contacto: comunicacion@renfe.es
 

Luego se indica  el motivo de la reclamación. Los apartados en blanco se rellenan según los datos de km de la tabla de post anterior.

C. RECLAMACIÓN Feitos e fundamentos nos que se basea a reclamación


Con anterioridad al inicio de las obras del Eje Atlántico Ferroviario, la distancia por ferrocarril entre ____  y _______ era de __ Km,  con la inauguración de varios tramos del Eje Atlántico esta distancia se ha reducido en, al menos,__ Km. Así por ejemplo el 20 de julio de 2008 con la inauguración de la variante ferroviaria de Portas en el Eje Atlántico de Alta Velocidad, se acortaron 5,4 km en el el recorrido entre Portela y Vilagarcía de Arousa, anteriormente ya se había reducido 1 km en el tramo entre Escravitude y Santiago de Compostela y finalmente la distancia entre Santiago y A Coruña se ha reducido en 12 km con la puesta en servicio de varios tramos. Los tramos tarifarios de RENFE Operadora para los servicios de entre Vigo y A Coruña se determinan entre otras cosas en función de los kilómetros recorridos (ver anexo 3). Con las inauguraciones mencionadas, el tramo tarifario a pagar se situaría en el tramo inferior de __ a __ km (ver anexo 4), sin embargo las tarifas aplicadas no han sido corregidas con esa circunstancia.

Fundamentos (se indica lo siguiente)


La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres,Artículo 19. 3. párrafo tercero Tanto la fijación inicial como las sucesivas revisiones de las tarifas, deberán realizarse teniendo en cuenta la situación, las modificaciones y la interacción recíproca del conjunto de variables que se determinen como elementos integrantes de la estructura tarifaria.

Cantidad Reclamada

La que corresponda según sea billete sencillo, bono 10 o mensual,cada uno por la diferencia de tarifas. Las cantidades son aproximadas, dado que no tenemos todos los datos, pero en todo caso será RENFE quien tenga que discutirlas.
  


Diferencia €
Billete
Diferencia €
Tarjeta10
Diferencia €
Tarjeta 40
Vigo-Vilagarcía
1
7,6
18
Vigo-Santiago
0,75
3,8
13,8
Vigo-A Coruña
1,60
12,15
28,7
Pontevedra-Vilagarcía
1
7,6
24,85
Pontevedra-A Coruña
1,25
16
36,05
Vilagarcía-A Coruña
0,85
6,45
13,75

Cantidad reclamada (desglosada)

Se reclama la diferencia de tarifa de los bonos/billetes  (dejar el que corresponda) desde _____  hasta _____.

 Documentación aportada
En primer lugar la fotocopia de los justificantes de los viajes: billetes, bonos 10 o bonos mensuales. En su caso, resguardos de pago con tarjeta, o apuntes en el banco donde de forma fehaciente quede constancia del pago a RENFE por el interesado/a.


 En segundo lugar los anexos que sostienen la reclamación 


Finalmente hay que tener en cuenta que una vez presentada la reclamación se convocará a una vista oral en la que se deberá confirmar la solicitud y RENFE presentará sus pruebas en contra.

Agradeceríamos que los que finalmente hagáis una reclamación nos lo comuniquéis al correo usuariosrenfegalicia@gmail.com 




sábado, 27 de abril de 2013

Laudo Arbitral ¿quien puede reclamar?

En días pasados os informábamos de una reclamación ante la Junta Arbitral de Transportes (JAT) por la diferencia en las tarifas que se cobran a los usuarios. Las tarifas se calculan en función de los Km recorridos y estos se han reducido desde 2008, por lo que entendemos que la tarifa debería ser menor (ver ejemplo de tabla tarifas según los Km). Finalmente la JAT dio la razón al usuario e impuso a RENFE el pago de 700 euros por la diferencia entre el precio cobrado y el que debería haberse cobrado en función de los nuevos km, todo ello desde 2008, fecha en la cual la inauguración de la Variante de Portas redujo significativamente la distancia entre Vigo y Santiago.

Varios usuarios nos habéis preguntado ¿quien puede reclamar?, con este post esperamos aclararlo.

Las tarifas de Media Distancia se calculan, entre otras cosas, en función de los km; para ello se establecen tramos tarifarios de, por ejemplo, 0-10 km, 11-20 km, 21-30 km.....201-210 km. Para poder reclamar tiene que darse el caso de que la diferencia de km recorridos, descontando la reducción por los tramos inaugurados, sitúe la tarifa en un tramo inferior. Así en el caso reclamado Vigo-Santiago se pasó de 105 a 98,6, lo cual situaba la tarifa en el tramo inferior, unos 15-17 euros más económico (para un bono mensual).

Con los datos que tenemos ahora estos son los recorridos donde la reducción de km ha producido el salto a una tarifa inferior.




Km 2008 Km 2013 Tarifa 2008 Tarifa 2013 Diferencia Km
Vigo-Vilagarcía 62 56,6 61-75 46-60 5,4
Vigo-Santiago 105 98,6 101-110 91-100 6,4
Vigo-A Coruña 179,4 160,3 161-180 141-160 19,1
Pontevedra-Vilagarcía 32 26,6 31-45 21-30 5,4
Pontevedra-A Coruña 149,4 130,3 141-160 121-130 19,1
Vilagarcía-A Coruña 117,4 103,7 111-120 101-110 13,7









En un post posterior daremos todos los datos para reclamar.
















































































jueves, 28 de marzo de 2013

El Laudo arbitral en la prensa

Diferentes medios se han hecho eco de la noticia del laudo arbitral que obliga a Renfe a pagar 700 euros a un usuario. Faro de Vigo, La Voz de Galicia, La Voz ArousaAtlántico Diario, La Región y Radio Vigo

domingo, 24 de marzo de 2013

La Junta Arbitral de Transporte de Galicia "condena" a Renfe a pagar 700 euros a un usuario

Las tarifas de Media Distancia se calculan entre otras cosas en función de los km recorridos por el usuario, existen tramos kilométricos, desde 0-10 hasta 281-300 km. Así al recorrido Vigo-Santiago de Compostela, le debía corresponder antes del 2008, el de 101 a 110, ya que la distancia entre esas dos localidades era de 105 km (ver tabla 2011).

En junio de 2012, se presentó una solicitud de laudo arbitral, ante la Junta Arbitral de Transportes de Galicia, (Xunta, Consellería de Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas) que es el organismo encargado de dirimir las disputas relacionadas con los transportes, tanto de mercancias como de pasajeros. La reclamación se basaba en que desde 2008 se habían producido cambios en la linea, con la inauguración de varios tramos (ver), que habían acortado la distancia entre ambas localidades, en al menos, 6 km, lo cual situaría la tarifa a cobrar en el tramo inferior al actual, esto suponía una diferencia de unos 15-17 euros (según bono) con respecto a lo que se me cobraba en realidad. 

El 29 de noviembre se celebró la vista oral donde se confirmó la solicitud, el representante de Renfe pretendía defender su postura indicando que en realidad las tarifas se calculan en relación a unas Unidades Tarifarias que pueden o no coincidir con los km, para ello presentó unas fotocopias de una circular interna de Renfe de 1992!!!! denominada "Nuevas distancias comerciales viajeros", donde en una linea se indicaba que las distancias comerciales podrían ser diferentes que las reales, para refrendar su valor comentó que "eran aprobadas por el Consejo de Ministros".

Finalmente con fecha de 18 de marzo de 2013 se comunica el Laudo arbitral, en el la Junta considera acreditado que se han producido cambios en la infraestructura que han reducido la distancia entre las localidades de Vigo y Santiago de Compostela (al menos de 105 km a 99 km), y que ello situaría la tarifa en la anterior de 91 a 100 km, más barata que la aplicada.

Sobre la postura de Renfe, basada en una circular de 1992, la Junta entiende que no tienen fuerza probatoria suficiente, la copia no está firmada y no consta emanada de manera indudable por el Consejo de Ministros como se sostuvo en la vista, por otro lado se presenta parcialmente sin acreditar el órgano o autoridad que las ha emitido, ni por tanto, su fuerza vinculante.

Entiende la Junta que la reclamación se mueve dentro del ámbito de los derechos de los usuarios y que estos gozan de protección especial, sobre todo en lo que se refiere a la adecuada información. Indica la Junta que en el expediente se aprecia una "ausencia absoluta" de prueba por parte de Renfe de que se diese publicidad a las tarifas aplicables y a su modo de cálculo. 

Sobre el importe se entiende justificado, en base a la diferencia de precios de las tarifas y al número de bonos presentados (desde 2008 hasta la fecha de la reclamación).

Finalmente se concluye que "Se estima la reclamación formulada, por lo que Renfe-Operadora deberá pagar la cantidad de 700 euros por los hechos y fundamentos expresados en este laudo".




"Indemnización automática de RENFE para MD? "lo sentimos pero no"

RENFE publicita en su blog el servicio de Indemnizaciones Automáticas de la siguiente forma
"¿Cómo puede saber el viajero si le corresponde devolución y cuándo la va a recibir?.La solución es la “Indemnización automática”, una nueva ventana activa desde principios de año en la web que todavía no es muy conocida"

Evidentemente no puede ser conocido un servicio que no se publicita, se dice que está activo desde principios de año, pero el artículo del blog es de 14 de marzo.

Un vez entramos en el servicio, los usuarios de Media Distancia nos damos cuenta que algo no funciona, nos solicita 13 dígitos, y por más que busco, no los encuentro: en el bono? en la reserva? y los que son sin reserva? donde están los 13 dígitos?.

Me dirijo a Irene de RENFE la famosa Asistente virtual, si le preguntamos por la "indemnización automática en Media Distancia" no dirige a "horarios y precios en MD", si sólo le indicamos "indemnización automática" no dirige a AVANT y Larga Distancia.

Probamos esta vez con el Twitter de RENFE  "¿es el servicio de indemnización automática de RENFE válido para los Bonos de MD?" esta vez al menos obtenemos contestación "El servicios de indemnización automatica sólo es para trenes AVE y Larga Distancia".

Así que, los usuarios de Bonos o billetes de MD tendremos que esperar para tener un servicio parecido.

Fomento quere suprimir 84 trens semanais de Media Distancia en Galicia



O Ministerio de Fomento presentou un borrador de traballo do plan de racionalización de servizos ferroviarios que ten previsto levar a efecto a partir de Xuño de 2013.

Neste borrador o Ministerio prevé suprimir en toda España 779 trens semanais de Media Distancia convencional (un 23% do total) e 172 estacións deixarán de ter parada de tren, afectando estas medidas a 945.000 viaxeiros (un 6% do total da M.D. convencional). Outras 163 estacións verán reducidos os servizos ferroviarios a u tren con parada por sentido.


En Galicia deixarán de circular 84 trens semanais, o que supón un 19% do total e 21 estacións deixarán de ter servizo ferroviario, ademais de ver reducidos os seus servizos a un o día por sentido outras 27 estacións
 





jueves, 7 de marzo de 2013

Información al usuario. ¡¡Aún hay clases!!


Información al usuario. ¡¡Aún hay clases!! Los usuarios de Media Distancia (MD) nos hemos  sorprendido por los carteles con información sobre tarifas y bonos del servicio AVANT Ourense-Santiago. Y decimos sorprendidos por que aun estamos esperando por algo similar en los servicios de MD y no una cuartilla fotocopiada escondida en medio de otra información.